Eduardo Rodriguez. 04-Marzo-2019
La Sala Superior del TEPJF volvió a recalcular la sanción de 80 mil 600
pesos que había impuesto la sala regional a la aspirante a la
presidencia por irregularidades en los apoyos de su candidatura
independiente.
En la resolución las magistradas y los magistrados de la Sala
Superior coincidieron en que en el cálculo para definir la multa se
utilizaron criterios distintos a los usados en la definición de
sanciones a otros aspirantes, como Armando Ríos Piter y el gobernador de
Nuevo León, Jaime Rodríguez Calderón.
En un primer fallo, la Sala Regional Especializada determinó que la
multa a Zavala sería de 3 mil 240 pesos, pero al impugnar, la Sala
Superior determinó que era un asunto grave, y ordenó una nueva
contabilización que arrojó una multa por 201 mil 500 pesos.
Zavala volvió a impugnar ante la Sala Superior y esta ordenó a la
Sala Regional Especializada calcular de nuevo la sanción. La multa quedó
en 80 mil 600 pesos, pero Zavala emitió una nueva impugnación.
Hoy la Sala Superior le dio la razón en este último recurso al
considerar que no se usó el principio de igualdad al definir su multa,
ni el mismo criterio con Ríos Piter y Rodríguez Calderón.
Con ello ordenó a la Sala Regional Especializada modular la sanción
en proporción con la cantidad de inconsistencias acreditadas, y hacer
explícitos los criterios que permitan una aplicación igualitaria y
uniforme en relación con las multas impuestas al resto de los
candidatos. De igual forma acotó que no podrá modificar la sanción en su
perjuicio. (ASUNTO: SUP-REP-10/2019).
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